Requisitos para el Registro Nacional de la Industria Cinematográfica y Audiovisual de producciones extranjeras
Formulario de registro de producción
Formulario de declaración jurada
Formulario de registro de Incentivos
Lista completa de todos los miembros extranjeros de la producción y sus pasaportes, con fecha de llegada y salida al país.
Resolución del Ministerio de Cultura para la productora nacional que inscribirá a la producción extranjera (si aplican al retorno económico).
Lista de locaciones que se utilizarán
Lista de equipo que entrará temporalmente al país
Cronograma de producción
Pago de la tasa de filmación
Requisitos que deberán presentar las productoras nacionales ante la Dirección Nacional de la Industria Cinematográfica y Audiovisual (DICINE) del Ministerio de Cultura, a través de las cuales se inscribirán las productoras extranjeras (para aplicar al retorno económico) :
Copia de la cédula de Representante Legal.
Acta de Junta Directiva de la Organización/Fundación donde se autoriza al Representante Legal a presentar su registro como Productora Nacional ante la Comisión Fílmica de Panamá, firmada por el presidente(a) y el secretario(a), para la inscripción de la Productora Extranjera en el Registro de Producciones Extranjeras de la Comisión Fílmica de Panamá autenticada ante Notario.
Certificación del Registro Público de la entidad jurídica con tres (3) meses de vigencia en original, o copia autenticada por Notario Público.
Aviso de Operación vigente emitido por el Ministerio de Comercio e Industria.
Paz y Salvo de la Dirección General de Ingreso del MEF o Certificado de No Contribuyente del ITBMS.
Paz y Salvo de la Caja de Seguro Social o Certificado de no obligado a inscribirse al régimen de la CSS personas naturales y jurídicas.
Declaración Jurada certificando su idoneidad y capacidad técnica para proporcionar a la Productora Extranjera los servicios que requiera de acuerdo con los más altos criterios profesionales y técnicos, a fin de que sus operaciones en el ámbito audiovisual proyecten a la industria cinematográfica nacional como referencia internacional y testimonio de la aptitud y compromiso competitivo de nuestras productoras locales. La declaración jurada manifestará además que la productora nacional se encuentra solvente y al día en sus obligaciones fiscales, municipales y de seguridad social y que tiene la capacidad técnica, profesional y legal para obligarse ante la productora extranjera, y que no concurren en dicha productora nacional ninguna de las incapacidades o impedimentos para obligarse de acuerdo con la normativa vigente.
Información adicional útil a seguir para las producciones extranjeras
Panamá requiere un permiso para filmar en propiedad pública.
Panamá requiere un permiso de cierre de carreteras para cualquier producción que interfiera con el flujo normal del tráfico.
Las producciones grandes y de larga duración que se filmen en propiedad pública deben tener un mínimo de seguro de responsabilidad civil de $ 1 millón y compensación de trabajadores de $ 100,000 más responsabilidad civil.
Se aconseja a todas las producciones que se filmen en barrios residenciales o comerciales qué notifiquen y proporcionen folletos a todos los residentes.
Nuestra oficina podrá apoyarlos con algunos permisos de locaciones y solicitudes.
La Comisión fílmica de Panamá solicitará lo siguiente:
Proporcione un testimonio escrito o en video de su experiencia de rodaje de películas en Panamá, como parte del Formulario de evaluación de impacto.
Otorgar a la Comisión Fílmica de Panamá el derecho de publicar, reproducir o difundir todas y cada una de las imágenes que nos envíe con fines promocionales, estadísticos y de evaluación económica.
Permita que la Comisión Fílmica de Panamá venga a su set y filme o tome fotos detrás de escena (las mismas deberán ser aprobadas previamente por la producción).