Gobierno mantendrá medidas para fortalecer y proteger la producción del café tostado

El Consejo de Gabinete (CDG) aprobó este martes extender por seis meses más la vigencia del Decreto No. 5 de 30 de marzo de 2021, “que establece medidas temporales de control a la comercialización de café tostado”, para proteger la producción de este rubro sensitivo.

La propuesta fue presentada por el ministro de Comercio e Industrias (MICI), Ramón Martínez, toda vez que prevalecen las condiciones que motivaron su adopción y por ser necesario para mantener los resultados alcanzados desde su implementación, los cuales benefician a un número significativo de productores locales.

El Decreto No. 5 establece un régimen de licencias no automáticas a las actividades de importación y comercialización de café tostado, originario y procedente de cualquier origen, que correspondan a los incisos arancelarios: 0901.2 – Café tostado, 0901.21.00.00.00 – Sin descafeinar y 0901.22.00.00.00 – Descafeinado.  Esta medida exceptúa a los países con los cuales Panamá tiene acuerdos o tratados comerciales internacionales vigentes.

A partir de su aplicación, este Decreto ha permitido limitar el ritmo creciente de las importaciones de café tostado, propiciar el inicio de condiciones normales de mercado para la comercialización del café tostado nacional y permitir la entrada al mercado doméstico de nuevas marcas de café tostado panameño.