MICI 10-09-26 Con la sanción de la nueva Ley 547 del 8 de septiembre de 2026 por parte del presidente de la República, José Raúl Mulino, Panamá da un paso histórico en la protección de los derechos humanos y económicos de su población.
A partir de ahora, las personas sobrevivientes de cáncer que se hayan mantenido libres de recurrencia durante al menos cinco años no estarán obligadas a declarar haber padecido la enfermedad al contratar servicios bancarios, crediticios y de seguros y se prohíbe categóricamente a las entidades financieras y aseguradoras aplicar cláusulas de exclusión, restricciones o aumentos de primas basados en un historial médico ya superado.
La legislación, también lleva la firma del ministro de Comercio e Industrias, Julio Moltó quien celebró con entusiasmo este hito, destacando un firme respaldo a las políticas que impulsan la equidad financiera y el desarrollo social. «Una persona no puede quedar condicionada para siempre por haber tenido una enfermedad que logró superar», puntualizó el titular de Comercio.
Al mismo tiempo, Moltó enfatizo el impacto transformador de esta ley en la reactivación económica y personal de miles de panameños. “El presidente Mulino ha sancionado esta ley, para que esta gente pueda pensar nuevamente en acceder a créditos para casas, para comprar bienes, para seguros de vida y hospitalización, formar emprendimientos. Haber tenido cáncer no puede convertirse en una sentencia financiera para siempre”.
Con la entrada en vigor de la Ley 547, el Gobierno Nacional reafirma su compromiso de construir un entorno comercial y financiero más justo, humano e inclusivo. “Vencer el cáncer representa una de las pruebas más difíciles que puede enfrentar una persona y, después de esta lucha, lo mínimo que corresponde es permitirle seguir adelante», insistió Moltó.
