La Dirección Nacional de Recursos Minerales, de conformidad con el artículo N°27,103 y 104 del Código de Recursos Minerales y la Resolución Ministerial N°70-2023 del 13 de octubre de 2023 GO 29,925-A , hace saber que las solicitudes de autorización para realizar extracción de minerales no metálicos destinados a Obras Públicas deben ser acompañadas de los siguientes documentos:
No se otorgarán autorizaciones de Obras Públicas en sitios donde se encuentren concesiones para la extracción de minerales no metálicos en un radio de 30 km, medido desde dicho sitio. Esta condición aplicará siempre y cuando dichas concesiones se encuentren activas y cuenten con la capacidad de suministro de los materiales requeridos para la ejecución de los proyectos de obras públicas correspondientes.
La facultad será otorgada mediante Resolución Ministerial, previa inspección técnica de la Dirección Nacional Recursos Minerales.