La Dirección General de Recursos Minerales de conformidad con el artículo N°27 del Código de Recursos Minerales y el articulo N° 34 de la Ley N°109 del 8 de octubre de 1973, hace saber que las solicitudes de certificación para realizar la remoción de minerales no metálicos, cuando sea indispensable realizar movimiento de tierra para la construcción de carreteras, edificios, urbanizaciones y otras obras civiles deben ser acompañadas de los siguientes documentos o requisitos: