Tramite para Certificación de Remoción de Minerales No Metálicos Cuando se Realizan Obras Civiles
La Dirección General de Recursos Minerales, de conformidad con el Art. 27 del Código de Recursos Minerales y el Articulo 34 de la Ley 109 de 1973, hace saber que las solicitudes de certificación para realizar la remoción de minerales no metálicos, cuando sea indispensable realizar movimiento de tierra para la construcción de carreteras, edificios, urbanizaciones y otras obras civiles deben ser acompañadas de los siguientes documentos:
- Poder y Memorial de solicitud (papel habilitado y notariado) (especificar volumen y tipo de mineral, cantidad aproximada del remanente por vender y duración de la actividad).
- Certificado del Registro Público de la empresa solicitante.
- Plano de la obra con su permiso de construcción.
- Metodología y quipo para utilizar en la remoción del mineral.
- La Aprobación de la ANAM del Estudio de Impacto Ambiental, sobre el proyecto (autenticada).