La Dirección General de Recursos Minerales, de conformidad con el Art. 27 del Código de Recursos Minerales y el Articulo 34 de la Ley 109 de 1973, hace saber que las solicitudes de certificación para realizar la remoción de minerales no metálicos, cuando sea indispensable realizar movimiento de tierra para la construcción de carreteras, edificios, urbanizaciones y otras obras civiles deben ser acompañadas de los siguientes documentos: