Inversión Inmobiliaria
Compra de bienes inmuebles ubicados dentro del territorio nacional.
Residencia permanente para quienes invierten en el futuro de Panamá.
Este programa otorga residencia permanente a inversionistas extranjeros que realicen una inversión mínima en la República de Panamá bajo tres modalidades autorizadas.
El solicitante debe optar por una de las siguientes modalidades de inversión para aplicar al Programa de Inversionista Calificado.
Compra de bienes inmuebles ubicados dentro del territorio nacional.
Inversión mediante títulos valores registrados y custodiados por entidades autorizadas.
Depósito en un banco con licencia para operar en la República de Panamá.
Panamá ofrece uno de los programas migratorios para inversionistas más ágiles de la región.
Obtenga la residencia permanente directamente sin pasar previamente por una residencia temporal.
Resolución aproximada en treinta días hábiles conforme al procedimiento establecido.
La solicitud puede iniciarse mediante apoderado incluso antes del ingreso del inversionista al país.
La inversión puede extender sus beneficios al cónyuge, hijos y padres que califiquen.
Atención mediante una ventanilla especializada del Servicio Nacional de Migración.
Diversos documentos y certificaciones pueden tramitarse mediante plataformas digitales oficiales.
1. Mantener la inversión durante cinco años y presentar anualmente la documentación que demuestre su vigencia.
2. Visitar Panamá al menos 1 vez cada 2 años para mantener la residencia permanente
Todos los solicitantes deberán presentar la siguiente documentación independientemente de la modalidad de inversión seleccionada.
Poder y solicitud dirigida a la Dirección Nacional de Inversiones.
Copia completa del pasaporte del solicitante y de sus dependientes.
Certificados de matrimonio y demás documentos que correspondan.
Registro Público cuando la inversión se realice mediante sociedad.
Documentación que identifique al beneficiario final de la inversión.
Evidencia del origen internacional de los fondos utilizados para la inversión.
El solicitante deberá presentar una de las siguientes evidencias para demostrar que la inversión proviene de una fuente extranjera.
Carta emitida por un banco local o extranjero certificando el envío o recepción de los fondos.
Estado de cuenta autenticado por el banco donde se observe el movimiento internacional de los fondos.
Declaración del receptor de los fondos acompañada de la documentación legal correspondiente.
Consulte la documentación requerida para cada modalidad de inversión.
Consulte la normativa relacionada con el Programa. Seleccione el decreto ejecutivo que desea visualizar o descargar.
Documento oficial que establece las disposiciones aplicables al programa.
Ver DecretoDecreto Ejecutivo No. 722 del 15 de octubre de 2020
República de Panamá
Este contenido tiene fines exclusivamente informativos y resume aspectos generales del Programa de Inversionista Calificado. Para una evaluación específica de su caso, consulte con un abogado idóneo o un asesor legal autorizado.