Requisitos
Requisitos para el Registro Nacional de la Industria Cinematográfica y Audiovisual de producciones extranjeras
- Formulario de registro de producción
- Formulario de declaración jurada
- Formulario de registro de Incentivos
- Lista completa de todos los miembros extranjeros de la producción y sus pasaportes, con fecha de llegada y salida al país.
- Resolución del Ministerio de Cultura para la productora nacional que inscribirá a la producción extranjera (si aplican al retorno económico).
- Lista de locaciones que se utilizarán
- Lista de equipo que entrará temporalmente al país
- Cronograma de producción
- Pago de la tasa de filmación
Requisitos que deberán presentar las productoras nacionales ante la Dirección Nacional de la Industria Cinematográfica y Audiovisual (DICINE) del Ministerio de Cultura, a través de las cuales se inscribirán las productoras extranjeras (para aplicar al retorno económico) :
- Copia de la cédula de Representante Legal.
- Acta de Junta Directiva de la Organización/Fundación donde se autoriza al Representante Legal a presentar su registro como Productora Nacional ante la Comisión Fílmica de Panamá, firmada por el presidente(a) y el secretario(a), para la inscripción de la Productora Extranjera en el Registro de Producciones Extranjeras de la Comisión Fílmica de Panamá autenticada ante Notario.
- Certificación del Registro Público de la entidad jurídica con tres (3) meses de vigencia en original, o copia autenticada por Notario Público.
- Aviso de Operación vigente emitido por el Ministerio de Comercio e Industria.
- Paz y Salvo de la Dirección General de Ingreso del MEF o Certificado de No Contribuyente del ITBMS.
- Paz y Salvo de la Caja de Seguro Social o Certificado de no obligado a inscribirse al régimen de la CSS personas naturales y jurídicas.
- Declaración Jurada certificando su idoneidad y capacidad técnica para proporcionar a la Productora Extranjera los servicios que requiera de acuerdo con los más altos criterios profesionales y técnicos, a fin de que sus operaciones en el ámbito audiovisual proyecten a la industria cinematográfica nacional como referencia internacional y testimonio de la aptitud y compromiso competitivo de nuestras productoras locales. La declaración jurada manifestará además que la productora nacional se encuentra solvente y al día en sus obligaciones fiscales, municipales y de seguridad social y que tiene la capacidad técnica, profesional y legal para obligarse ante la productora extranjera, y que no concurren en dicha productora nacional ninguna de las incapacidades o impedimentos para obligarse de acuerdo con la normativa vigente.
Información adicional útil a seguir para las producciones extranjeras
- Panamá requiere un permiso para filmar en propiedad pública.
- Panamá requiere un permiso de cierre de carreteras para cualquier producción que interfiera con el flujo normal del tráfico.
- Las producciones grandes y de larga duración que se filmen en propiedad pública deben tener un mínimo de seguro de responsabilidad civil de $ 1 millón y compensación de trabajadores de $ 100,000 más responsabilidad civil.
- Se aconseja a todas las producciones que se filmen en barrios residenciales o comerciales qué notifiquen y proporcionen folletos a todos los residentes.
- Nuestra oficina podrá apoyarlos con algunos permisos de locaciones y solicitudes.
La Comisión fílmica de Panamá solicitará lo siguiente:
- Proporcione un testimonio escrito o en video de su experiencia de rodaje de películas en Panamá, como parte del Formulario de evaluación de impacto.
- Otorgar a la Comisión Fílmica de Panamá el derecho de publicar, reproducir o difundir todas y cada una de las imágenes que nos envíe con fines promocionales, estadísticos y de evaluación económica.
- Permita que la Comisión Fílmica de Panamá venga a su set y filme o tome fotos detrás de escena (las mismas deberán ser aprobadas previamente por la producción).