Requisitos para Derechos Colectivos

La solicitud de registro de Derechos Colectivos deberá indicar lo siguiente:

  1. Que el mismo es un Derecho Colectivo.
  2. Que pertenece a uno de los pueblos indígenas del país.
  3. La técnica empleada (si se trata de un objeto).
  4. Historia (tradición) Breve Descripción: Deberá estar acompañada del Acuerdo (Acta) que ampara la solicitud de registro del Derecho Colectivo ante las dependencias designadas por la Ley. Para su sustentación deberá incluirse un ejemplar del reglamento de uso del Derecho Colectivo Indígena.

 

El reglamento de uso del Derecho Colectivo se presenta en un formato que para tal fin confeccionarán las Oficinas de Registro y en él se señalará y adjuntará, lo siguiente:

  1. El o los pueblos indígenas que solicita(n) el registro de sus conocimientos tradicionales u objeto susceptible de ser registrados.
  2. El o los Congreso(s) General(es) o Autoridad(es) tradicional(es) indígena(s) que presenta la solicitud de registro.
  3. El Derecho Colectivo indígena que se solicita registrar. Para identificarlo deberá utilizarse el nombre y contenido en lengua indígena, con la traducción inmediata al idioma español.
  4. El uso o usos que se le da al conocimiento tradicional o el uso o usos que se le da al objeto susceptible de registro.
  1. Historia (tradición) del Derecho Colectivo.
  2. Comunidades Dependientes y Población Beneficiada.
  3. Muestra del objeto tradicional susceptible de su registro.